Las nuevas medidas contempladas en la Ley 31/2015 de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social, generan actualmente una nueva serie de derechos y obligaciones para los trabajadores autónomos.
A continuación, analizaremos las principales medidas modificadas para este tipo de trabajadores.
Primera
Las personas que reciban la prestación por desempleo de nivel contributivo, podrán compatibilizar la percepción mensual de la prestación que les corresponda con el trabajo autónomo, por un máximo de 270 días (nueve meses).
Además, durante la compatibilización de la prestación por desempleo con la actividad por cuenta propia, no se exigirá al beneficiario de la prestación que cumpla con las obligaciones como demandante de empleo y las derivadas del compromiso de actividad previstas por la Seguridad Social.
Segunda
Aquellas personas, que reciban una prestación por desempleo, tienen la opción de capitalizar el 100% de la prestación cuando pretendan constituirse como trabajadores autónomos. En este supuesto, el abono de la prestación se realizará de una sola vez por el importe que corresponda a la inversión necesaria para el desarrollo de la actividad por cuenta propia, incluido el importe de las cargas tributarias para el inicio de la actividad.
Tercera
Los autónomos, beneficiarios de la “tarifa plana” sobre la cuota por contingencias comunes reducida a 50 Euros, mantendrán dicha bonificación aunque hayan contratado a trabajadores por cuenta ajena.
Cuarta
Por el tiempo de un año, los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes (TRADE), podrán emplear a un trabajador para sustituciones en determinados casos, entre ellos, paternidad, maternidad, por riesgo durante el embarazo, o en aquellos supuestos que requieran el cuidado de hijos o personas en situación de dependencia.
Quinta
Se establecen nuevas bonificaciones para autónomos aplicables según la edad. Los menores de 30 años podrán percibir una bonificación de 137,5€ al mes (1.650€ al año), durante el primer año. O también de 66,67€ al mes (800€ al año) durante los dos años restantes.
Desde nuestro despacho le ofrecemos el servicio de asesoría para autónomos para que puedan obtener toda la información que necesiten respecto a estas novedades.