PREGUNTA
¿Los abogados expertos en accidentes de tráfico de compañías aseguradoras, son mejores que los expertos en accidentes de tráfico no adscritos a compañía alguna, o “de la calle”?
RESPUESTA
Los abogados de accidente de tráfico de compañías suelen ser tan expertos como los independientes en dicha materia, pero aparte de la atención al público, que puede verse masificada o tratada bajo los pasos de un estricto protocolo (a saber, a esto tienes derecho, a esto no lo tienes), dependen de un jefe de la Entidad que, en condiciones muchas veces poco ventajosas, les pagan unos honorarios muy por debajo de su valor que, para compensar y poder vivir de ello, necesitan llevar muchos asuntos.
También hay que hacer mención, que la Ley, permite que todo asegurado, elija un abogado de fuera de la aseguradora, que hemos llamado “de la calle”, y los honorarios de éste, habrán de correr por parte de la Compañía, si se le ha cobrado en su prima anual, la cobertura de “defensa y reclamación” [Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguros, art. 76 d)]. Dicha opción es libre y no necesita justificación, ahora bien, si la causa de la elección de un abogado “de la calle” obedece a lo que se denomina un “conflicto de intereses”, esto es, una “incompatibilidad”, (típico accidente de, por ejemplo, dos automóviles cuyas aseguradoras coincidan, por ejemplo, MAPFRE contra MAPFRE, GENERALI contra GENERALI, ALLIANZ contra ALLIANZ, etc.), ese conflicto deberá ser solucionado obligatoriamente –salvo renuncia-, al menos con uno de los implicados, con un Letrado “de la calle”, no pudiéndose en ese caso a acoger la compañía a la limitación de la cantidad en honorarios de Letrados de la calle que tenga contratada para los supuestos que el asegurado opte por uno de éstos.
Tampoco resulta objetable que la compañía ponga especialistas médicos, y en su caso, detectives y peritos para la fijación de las causas del accidente y sus resultados dañosos y lesivos, por cuanto lo hacen para AUTODEFENDERSE ella, no al asegurado, ya que la condena de éste, va a suponer el coste de la indemnización por aquélla, y para minorarla, lógicamente, ejercitará todos los mecanismos a su alcance. Ello no es óbice que si no convencen los resultados de esos informes, el interesado pueda contratar los servicios de otros peritos, posibilidad que obviamente sólo sería viable si cuenta con el asesoramiento de un abogado especialista e independiente de la Compañía.
En nuestro despacho Serrano Abogados, contamos con la ventaja de contar con un abogado especialista en accidentes de tráfico que ha trabajado durante muchos años para Cías aseguradoras, D. José María Font Ortiz, y que cuenta, por tanto, por un lado con ese importante bagaje y experiencia, y que, por otro, ahora puede ofrecer esos servicios desde un enfoque más cercano, personalizado e independiente, primando y priorizando, ante todo, el interés del cliente, por encima del de la propia Compañía. Porque a veces, los abogados de Compañías, están dispuestos a llegar a conformidades sobre cuantías de indemnización, cuando con el asesoramiento de un abogado libremente designado, se podría estar en situación de conseguir una cuantía indemnizatoria mucho más satisfactoria y proporcionada al daño sufrido.
PROS DE LOS ABOGADOS DE LA CALLE:
- TRATO. Mejor dedicación, trato y comunicación.
- INDEPENDENCIA. Carencia de instrucciones de una entidad, sin riesgo de conflicto de intereses.
- GRATUIDAD. Hasta un límite, a pesar de ser “de la calle”, lo pagará la compañía.
- RESULTADO. Se incrementan las posibilidades de obtener una indemnización mayor
CONTRAS DE LOS ABOGADOS DE LA CALLE:
- Pueden poner (no imponer) precio y condiciones, (rechazable por supuesto, si al solicitante les parecen excesivos e inadecuados).
- Si los honorarios superan el límite asegurado para la cobertura de “Defensa y Reclamación”, el exceso lo tiene que soportar el asegurado.