Tras un año y medio después del inicio de su andadura parlamentaria, el pasado 1 de Julio tuvo lugar la entrada en vigor del Nuevo Código Penal, que vendría a sustituir al texto que fue aprobado en el año 1995 el cual ha sufrido numerosas reformas parciales desde su publicación.
El Código Penal sufre la reforma más profunda desde su aprobación en el año 1995, se procede a la modificación de 252 artículos del Código Penal, se suprimen 32, se reforman 18 de la Lecrim, uno de la Ley de Indulto, uno de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado y se añade una disposición a la Ley 23/2014, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la UE.
A continuación pasaremos a resumirle las principales reformas sufridas por el Código Penal:
La prisión permanenterevisable se podrá alargar durante toda la vida del recluso, aunque, pasado un periodo de 25 a 35 años, se evaluará si su pronóstico de reinserción es favorable y puede quedar en libertad.
Esta pena solo podrá ser impuesta en casos excepcionales como terrorismo, asesinatos en serie, de menores 16 años o cometidos por grupos organizados.
Se castigará con cárcel a los españoles que acepten o entreguen donaciones superiores a los 500.000 euros, o de 100.000 euros si son extranjeros.
Para la mejor protección a los menores, sobre todo en la lucha contra la prostitución infantil, la norma determina que realizar actos de carácter sexual con menores de 16 años se considera como un hecho delictivo, salvo que se trate de relaciones consentidas con una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez.
Compartir vídeos íntimos sin permiso en la red será delito, aunque la grabación se hubiera realizado con el consentimiento de la víctima, se castigado con la pena de prisión de tres meses a un año.
Se agravará el abandono de animales, que llevará aparejado el pago de una multa de uno a seis meses, mientras que se tipifica por primera vez la explotación sexual de animales o el maltrato en peleas de gallos o perros.
Se aumentarán las penas para la prostitución de menores o incapaces, mientras que se castigará a quien contacte con un adolescente, menor de 16 años, a través de las nuevas tecnologías para intentar que facilite imágenes pornográficas.
Además, se regulará el “hostigamiento” mediante llamadas telefónicas o seguimientos a una persona, que en muchas ocasiones no podía perseguirse como delito de amenazas o coacciones al no haber violencia.
Los condenados que hayan cumplido su pena podrán pedir que se eliminen sus antecedentes. Para ello tendrá que transcurrir, sin que vuelvan a delinquir, un plazo de seis meses para las penas leves; de dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes, tres para las restantes penas menos graves inferiores a tres años; cinco para las iguales o superiores a tres años; y diez para las graves.
Se castigara hasta con tres años de cárcel a quien coaccione a otro a contraer matrimonio. Se trata de un castigo reclamado por la Unión Europea para evitar la trata de seres humanos y que está regulado en Francia, Dinamarca, Reino Unido, Alemania o Noruega.
Las penas de cárcel a quienes impidan o limiten el derecho de huelga se reducen a los dos años, por lo que una persona sin antecedentes no deberá obligatoriamente ingresar en prisión.
El límite del hurto queda fijado en 400 euros y se aumenta la persecución de multirreincidentes, butrones, alunizajes o robo de cable de cobre o suministro eléctrico.
Excepcionalmente, un ciudadano de la Unión Europea podrá ser expulsado de España si representa una amenaza grave para la Seguridad Pública. Hasta ahora esta medida solo se podía aplicar a los extranjeros que no pertenecieran a países comunitarios
Se procede a eliminar el libro dedicado a las faltas, que pasan a ser consideradas delitos leves o sanciones administrativas. A diferencia de muchos delitos, estos ilícitos de escasa gravedad se resuelven ágilmente en juicios de faltas y hasta ahora no han conllevado penas de prisión ni han dejado antecedentes penales, que impidan, por ejemplo, presentarse a una oposición.
El Gobierno tendrá que enviar, cada seis meses, al Congreso de los Diputados un informe sobre la concesión y denegación de indultos. Para presentar los datos, un alto cargo del Ministerio de Justicia solicitará su comparecencia ante la Comisión de Justicia de la cámara alta.
El texto incluye una inhabilitación especial para evitar que los expresos de ETA puedan ejercer como profesores.
El Código Penal delimita la responsabilidad penal de las personas jurídicas que ya recogía la reforma de 2010 y aclara los supuestos en los que incurriría en uno de los 31 delitos tipificados.